viernes, 30 de enero de 2015

Irregularidades y quejas en el primer día del registro de la Audiencia Pública

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En la convocatoria y el comunicado oficial difundido un día antes, el Ejecutivo Municipal informaba que el horario de atención para el registro de Inscripción de Participantes era de 9 a 13hs desde el 29 de enero hasta el 12 de febrero.

No obstante, a las 12 del mediodía y sin previo aviso, finalizaron la atención. El vecino y conductor radial Edgardo Cendra, comentó que fue a las 12.30 para ver el expediente, y le negaron la información, pese a que les indicó que el horario publicado era las 13.

DiarioAndino también arribó al Centro de Convenciones minutos antes de las 13, y el personal del lugar informó que el horario de atención había sido cambiado a las 12hs.

La vecina Odette Dub, de Angostura Sin Camiones, asistió por la mañana. Como las copias del expediente son a costa del solicitante, la vecina tuvo que deambular por Obras Públicas y luego el Municipio para poder terminar pagando con tarjeta de débito. Sino, debía ir al banco a pagar. Recién hoy le darán las copias solicitadas.

Puntos de la ordenanza no contemplados

La ordenanza N°2323 establece en el artículo 17 que la convocatoria debe consignar los datos difundidos por el Municipio, pero además “Los funcionarios y/o legisladores que estarán presentes durante la Audiencia, así como los expertos convocados” y “Los fondos previstos para la realización de la Audiencia”. Ninguno de esos dos puntos fueron incluidos en la convocatoria.

Por otro lado, en el Artículo 20, la norma señala que “Las Audiencias Públicas deberán celebrarse en el lugar, fecha y hora que posibiliten la mayor participación de las personas que, por causa de cercanía territorial o interés directo del tema, puedan verse afectadas por la cuestión a debatir”. Justamente, el Ejecutivo eligió realizar la convocatoria en plena temporada alta de verano, cuando muchos vecinos están trabajando a destajo para el turismo.

Qué pasará después

La ordenanza no deja en claro qué pasará luego de las exposiciones. No hay votación, por lo tanto, se limita a ser “un ámbito adecuado de participación, para conocer la opinión simultánea y en pie de igualdad de todos los ciudadanos interesados con respecto al tema objeto de la convocatoria y brindar información con respecto al mismo. La finalidad de la Audiencia Pública es permitir y promover una efectiva participación ciudadana y confrontar de forma transparente y pública las distintas opiniones, propuestas, experiencias, conocimientos e informaciones existentes sobre las cuestiones puestas en consulta”, dice el Artículo 2 de la norma.

En tanto en el Art 3 se informa que la Audiencia son de carácter consultivo y no vinculante, y que luego de finalizada la Audiencia la  “Autoridad responsable de la toma de decisión debe explicar, al fundamentar el acto administrativo o normativo que sanciona, de qué forma ha tenido en cuenta las opiniones vertidas en la Audiencia Pública y eventualmente en caso de ser desestimadas, su fundamento”.

De esta manera, queda en manos del Ejecutivo si toma o no las opiniones vertidas. Resta saber si el intendente decidirá solicitar los cambios al proyecto de la ruta que surjan de los propios vecinos. El jefe comunal ya ha adelantado que está a favor del proyecto tal cual está planteado.

 

via: http://www.diarioandino.com.ar/diario/2015/01/30/quejas-e-irregularidades-en-el-primer-dia-del-registro-de-la-audiencia-publica/

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