El vecino Miguel Angel Fernández advierte que un decreto de Chile de 1.995 reglamenta el transporte de cargas peligrosas por territorio chileno. "Ordena las restricciones con que deben ser embaladas ,cargadas y transportadas dichas cargas. Lo más llamativo y razonable es la circulación de este tipo y su restricción en rutas con mucho tráfico o al atravesar ciudades a las cuales deben evitar", señala.
El decreto 298 creado en Chile en 1995 ,en donde se REGLAMENTA EL TRANSPORTE DE CARGAS PELIGROSAS POR CALLES Y CAMINOS.
En su artículo 17 , ordena las restricciones con que deben ser embaladas ,cargadas y transportadas dichas cargas. Lo más llamativo y razonable es la circulación de este tipo y su restricción en rutas con mucho tráfico o al atravesar ciudades a las cuales deben evitar,etc ,etc.
Esto pone claro la intención de los chilenos de cuidar sus ciudadanos y sus bienes, cosa que no les importa un rábano a nuestros gobernantes y funcionarios,que mienten o dicen que es ilegal la restricción por Samoré.
Estamos en condiciones de tirarles por sus lúcidas cabezas ,algunas leyes como la 24105 sobre medio ambiente y diversidad biológica que aprueba tratado con Chile sobre dichos temas en julio del 1992.
LEY DE TURISMO NACIONAL 25997 , legisla sobre Turismo Sustentable
CONSTITUCION PROVINCIAL ART 91 PROVINCIAl Que prohíbe en toda la provincia el ingreso de Residuos radioctivos peligrosos o susceptibles de serlos (es parte de residuos peligrosos)
CONSTITUCION NACIONAL ART 75 INCISO 30 Autonomía Municipal, referente a Salud Publica, Seguridad y Medio Ambiente.
Y por último la infame LEY 21458 donde unos agentes de la tiranía en noviembre de 1976 refrendan el acuerdo Arg _Chileno sobre pasos fronterizos, donde se entrega sin compensaciones la potestad de nuestras rutas por un magro tramo de ruta chilena que nos permite el tránsito a Tierra del Fuego.
Esta ley deberá ser observada y revalorado los pasos después de casi cuatro décadas, sin embargo en su art 7 nos permite un atajo, que nos dice que las partes pueden impedir el tránsito por sus territorios cuando no se cumplen los requisitos sobre Seguridad Nacional, Aduana , Migración Sanidad o cualquier otra causa que afecte sus intereses.
Además hay Ordenanzas y Declaraciones de la UNESCO que crea RESERVA BINACIONAL ARG_CHILENA de la BIOSFERA, pero esto es una bolu… al referirme a los dichos de un conocido burócrata rionegrino.
Hace tiempo ya que no tienen importancia lo legal , ,donde todos abusan de todos y el que sufre es Juan Pueblo.
Poe eso les pido a los Juanes Pueblos…,es hora de defender la Villa con toda la fuerza y convicción, apoyando a las autoridades locales y provinciales en esta cruzada y reservando para nosotros un final con clarines.
Saludos a todos
Miguel A Fernandez
DNI 4 587 026
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